La reciente Sentencia del Tribunal Constitucional de 11 de mayo de 2017 ha venido a reiterar la doctrina establecida en las Sentencias 26/2017 y 37/2017 declarando la inconstitucionalidad y nulidad de los arts. 107.1, 107.2 a) y 110.4 de la ley cuestionada, pero «solo en la medida en que no han previsto excluir del tributo las situaciones inexpresivas de capacidad económica por inexistencia de incrementos de valor».
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Ambicioso convenio de FECIR con Impuestalia sobre valoraciones fiscales para PYMES y autónomos
La Federación Empresarial de Ciudad Real (FECIR) y la empresa Impuestalia, dedicada a la revisión de valores catastrales, han firmado un convenio de colaboración, por el que los asociados a esta organización empresarial podrán disponer, en condiciones preferentes, de toda la información y asesoramiento sobre este capítulo.




