¿Qué ocurre si tu Ayuntamiento no tiene Tribunal Económico-Administrativo Municipal?

Recurrir el impuesto a fin de obtener la devolución de la plusvalía municipal pagada, no es una cuestión fácil.

Para recurrir una plusvalía municipal frente a un Ayuntamiento, hay que conocer previamente si el contribuyente presentó una autoliquidación o, recibió una liquidación del Ayuntamiento, ya que los plazos y el régimen de recursos es diferente.

También es importante saber si el consistorio es de gran población y si es así, si debe tener constituido un Tribunal Económico-Administrativo Municipal (TEAM).

Impuestalia, empresa especializada en la reclamación de las plusvalías, entre otros impuestos municipales, te estudiará tu caso y determinará cual es la mejor estrategia para su reclamación, incluido determinar las consecuencias que pueda tener la no existencia del Tribunal Económico Administrativo en un municipio “de gran población”.

Asi, la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL), en su artículo 121 define a los municipios de gran población:

  • A los municipios cuya población supere los 250.000 habitantes.
  • A los municipios capitales de provincia cuya población sea superior a los 175.000 habitantes.
  • A los municipios que sean capitales de provincia, capitales autonómicas o sedes de las instituciones autonómicas.
  • A los municipios cuya población supere los 75.000 habitantes, que presenten circunstancias económicas, sociales, históricas o culturales especiales.

Y por el artículo 137 de la LBRL, los municipios de tipo a) y b) están obligados a crear un órgano para la resolución de las reclamaciones económico-administrativas que los ciudadanos planteen contra los actos tributarios locales (gestión, recaudación, inspección, e ingresos de derecho público). A pesar de esta obligación, actualmente son muchos los Ayuntamientos de gran población, que no disponen de Tribunal Económico-Administrativo Municipal, lo que priva al contribuyente de un órgano necesario para su defensa, que puede desembocar en la anulación de la plusvalía pagada y su devolución al contribuyente.

Para cualquier reclamación de una plusvalía, Impuestalia, la empresa que consiguió que el Tribunal Constitucional anulara la anterior fórmula de cálculo de este impuesto, tiene el conocimiento y la experiencia suficiente para poder ayudarte.

Ponte en contacto con Impuestalia, estarán encantados de ayudarte.

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